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Volumen 7, No. 24, abril-junio 2024
ISSN: 2631-2735
Páginas 83 – 100
La
interculturalidad jurídica de la justicia indígena en Ocpotes, Ecuador
The legal interculturality of indigenous justice in Ocpotes, Ecuador
A interculturalidade jurídica da justiça indígena em Ocpotes, Equador
Bacilio
Segundo Pomaina Pilamunga
bacilio_segundo@hotmail.com
https://orcid.org/0000-0003-1700-1969
Víctor Chucho
Cuvi
victorchuchojuandevelasco@gmail.com
https://orcid.org/0009-0005-9858-671X
Néstor Enrique Guamán Carguachi
mashinestor@gmail.com
https://orcid.org/0009-0002-3455-8371
Jacob Daniel Moncayo Peaza
danielmoncayo90@gmail.com
https://orcid.org/0009-0006-3064-6461
Universidad
Intercultural de las Nacionalidades y Pueblos Indígenas Amawtay Wasi. Quito,
Ecuador
Artículo recibido 2 de febrero 2024 | Aceptado 29 de febrero 2024 |
Publicado 26 de abril 2024
RESUMEN
La justicia indígena se configura como un sistema de resolución de
conflictos basado en las cosmovisiones, normas y prácticas propias de los
pueblos indígenas. El presente artículo tiene por objetivo interpretar las
normas originarias que sustentan la justicia indígena en las comunidades de
Ocpotes, Ecuador. El estudio se basa en un enfoque cualitativo, utiliza el
paradigma interpretativo con una metodología hermenéutica. Las técnicas
utilizadas fueron la observación participante, la revisión bibliográfica
documental. Se realizaron entrevistas a yachakuna miembros de las comunidades.
Los resultados revelan que abordar el pluralismo jurídico y la
interculturalidad jurídica en Ecuador es un desafío que requiere un compromiso
con la justicia, la igualdad y la diversidad, es necesario un esfuerzo conjunto
del Estado, las comunidades indígenas, la sociedad civil y la academia para
construir una sociedad intercultural inclusiva. Se concluye que, la justicia
indígena en Ocpotes ofrece un modelo alternativo de resolución de conflictos
basado en la reintegración y la ritualización
Palabras clave: Comunitario; Conflicto; Indígena; Intercultiralidad;
Justicia
ABSTRACT
Indigenous justice is configured as a conflict resolution system based
on the worldviews, norms and practices of indigenous peoples. The objective of
this article is to interpret the original norms that support indigenous justice
in the communities of Ocpotes, Ecuador. The study is based on a qualitative
approach, using the interpretive paradigm with a hermeneutic methodology. The
techniques used were participant observation and documentary bibliographic review.
Interviews were conducted with Yachakuna members of the communities. The
results reveal that addressing legal pluralism and legal interculturality in
Ecuador is a challenge that requires a commitment to justice, equality and
diversity; a joint effort by the State, indigenous communities, civil society
and academia is necessary to build an inclusive intercultural society. It is
concluded that indigenous justice in Ocpotes offers an alternative model of
conflict resolution based on reintegration and ritualization.
Keywords: Community; Conflict; Indigenous; Interculturality; Justice
RESUMO
A justiça indígena se configura como um sistema de resolução de
conflitos baseado nas visões de mundo, normas e práticas dos povos indígenas. O
objetivo deste artigo é interpretar as normas originais que apoiam a justiça
indígena nas comunidades de Ocpotes, Equador. O estudo baseia-se numa abordagem
qualitativa, utilizando o paradigma interpretativo com metodologia
hermenêutica. As técnicas utilizadas foram observação participante e revisão
bibliográfica documental. As entrevistas foram realizadas com membros Yachakuna
das comunidades. Os resultados revelam que abordar o pluralismo jurídico e a
interculturalidade jurídica no Equador é um desafio que requer um compromisso
com a justiça, a igualdade e a diversidade; é necessário um esforço conjunto do
Estado, das comunidades indígenas, da sociedade civil e da academia para
construir uma sociedade intercultural inclusiva. Conclui-se que a justiça
indígena em Ocpotes oferece um modelo alternativo de resolução de conflitos
baseado na reintegração e na ritualização.
Palavras-chave: Comunidade; Conflito; Indígena; Interculturalidade;
Justiça
INTRODUCCIÓN
Es fundamental comprender que la justicia indígena no
solo representa un conjunto de normas y procedimientos, sino que también se
enmarca en una cosmovisión y cultura ancestral profundamente arraigada en las
comunidades indígenas. Esta cosmovisión, basada en valores como la armonía, la
reciprocidad y el equilibrio, permea todos los aspectos de la vida comunitaria,
incluyendo la resolución de conflictos.
El reconocimiento constitucional de la justicia
indígena en Ecuador no se limita a un mero tecnicismo legal, sino que
representa un paso fundamental hacia el reconocimiento y la valorización de la
cosmovisión y cultura ancestral de los pueblos indígenas. Esta cosmovisión,
profundamente arraigada en la vida comunitaria, impregna los sistemas de
justicia indígena, otorgándoles un carácter único y significativo. Como se
expresa a continuación:
La justicia
indígena está garantizada en la Constitución del Ecuador, de manera legal y
constitucionalmente se reconocen normas y procedimientos existentes en las
comunidades indígenas, pero surge con ello el problema de la competencia que se
pueden originar en algunos casos entre la justicia indígena y la justicia
ordinaria, sin embargo para las personas que están de acuerdo con la justicia
indígena creen que ella permite que las diversas colectividades indígenas
puedan ser considerados como distintos, en función de generar procesos que
permitan nivelar condiciones más equitativas y su real reconocimiento en la
diferencia, cuyo objetivo central debe ser el de reconocer y respetar, en los
hechos, las acciones y formas de vida particulares de los pueblos indígenas
(Díaz y Antúnez, 2016).
Si bien la actual Constitución del Ecuador reconoce
los derechos humanos de los pueblos indígenas y acoge un sistema legal
pluralista, este reconocimiento es el resultado de una larga lucha. A lo largo
de la historia, las comunidades indígenas han enfrentado la marginación en el
marco legal ecuatoriano. Es la Constitución de la República de 2008, aprobada
en Montecristi, la que reivindica y ratifica los derechos indígenas y la
independencia jurídica al interior del Estado Ecuatoriano. Este reconocimiento
dentro de su propio ordenamiento jurídico, permite que los miembros de las
circunscripciones territoriales vivan en armonía y paz bajo un control social
desde la misma comunidad (Díaz y Antúnez, 2016).
En el contexto de los pueblos y nacionalidades en
Ecuador, al igual que otros países latinoamericanos que tienen el carácter de
ser diversos étnica y culturalmente, han recogido en su normativa
constitucional la Justicia Indígena, en La Constitución del 2008 se implementa
Capítulo Cuarto Función Judicial y justicia indígena, en el Art. 171 específica
que:
las autoridades de las
comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas ejercerán funciones
jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio,
dentro de su ámbito territorial, con garantía de participación y decisión de
las mujeres. Las autoridades aplicarán normas y procedimientos propios para la
solución de sus conflictos internos, y que no sean contrarios a la Constitución
y a los derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales.
Es decir, el reconocimiento constitucional de la
justicia indígena en Ecuador, como se evidencia en el Capítulo Cuarto y el
artículo 171 de la Constitución del 2008, representa un avance significativo en
la construcción de un Estado intercultural y plurinacional. Esta disposición
legal no solo reconoce la autonomía y el derecho propio de los pueblos
indígenas, sino que también garantiza su acceso a un sistema de justicia
propio, basado en sus tradiciones y valores ancestrales. Este reconocimiento es
fundamental para garantizar la protección de los derechos humanos de los
pueblos indígenas y para promover una sociedad más justa e inclusiva.
Sobre la temática, en otra realidad se tiene que:
Durante todo el periodo
republicano, los prejuicios étnicos generados en la sociedad colonial, la
discriminación, la segregación y el racismo (implícito o explicito), el
menosprecio hacia sus derechos y hacia las formas de justicia indígena, se
mantuvieron vigentes; condicionando y distorsionando la aplicación de aquellas
leyes que pudieran favorecer a los indígenas, y garantizando su incumplimiento.
Sólo en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, en el
Capítulo VIII De los Derechos de los pueblos Indígenas, el Estado venezolano
reconoce por primera vez en su historia republicana- los derechos
territoriales, colectivos y originarios (preexistentes) de los pueblos y
comunidades indígenas Gutiérrez, (2015).
Es evidente que, tanto el texto sobre la
marginación histórica de los derechos indígenas en Venezuela como la discusión
sobre el reconocimiento constitucional de la justicia indígena en Ecuador ponen
de relieve la lucha constante de los pueblos indígenas para que sus derechos y
autodeterminación sean plenamente reconocidos y respetados dentro del marco de
los Estados-nación.
En torno al tema, en un estudio que antecede al
presente de Pupiales (2023) titulado “La justicia indígena en los conflictos familiares
de la comunidad San Clemente, parroquia la Esperanza, cantón Ibarra periodo
2020-2021”, con el objetivo de analizar los mecanismos de gestión que tiene la
justicia en esta comunidad indígena. Lo que se logró con una investigación
combinada, con entrevistas realizadas a cinco dirigentes y autoridades
indígenas; la aplicación de ciento treinta encuestas a los comuneros de San
Clemente, el estudio documental normativo sobre el tema; y el análisis de
resoluciones o actas emitidas en San Clemente en el periodo 2020 -2021. Todo ello,
permite concluir que la justicia indígena al ser parte del Derecho Propio y
Consuetudinario de la comunidad San Clemente forma parte de la misma.
Aunque presenta dificultades en sus mecanismos de
aplicación en los conflictos familiares. Por cuanto, algunas autoridades
indígenas no tienen claridad en el procedimiento a seguir, falta de claridad
tanto en la aplicación de sanciones como en la redacción de documentos. Sin
embargo, los acuerdos logrados entre las partes que se sujetan a la justicia
indígena son acciones que aportan a la paz comunitaria y familiar, como la
consideración de que un niño conviva con su familia materna al fallecimiento de
la madre. Además, en las sanciones aplicadas a controversias familiares como la
violencia y el adulterio, tiene un enfoque de reparación integral para todos
los involucrados con una gestión rápida de la situación.
El antecedente trae un aporte donde se observa que
ambos estudios coinciden en destacar el papel fundamental de la justicia
indígena en la resolución de conflictos familiares dentro de las comunidades
indígenas. En el caso de San Clemente, se evidencia que la justicia indígena es
un mecanismo propio y consuetudinario que forma parte integral de la vida
comunitaria, contribuyendo a la paz y la armonía familiar. Además, enfatiza los
desafíos en la aplicación de la justicia indígena, por lo que, tanto el estudio
de Pupiales como el artículo de Ocpotes reconocen los desafíos que enfrenta la
justicia indígena en su aplicación práctica.
En el mismo orden de ideas, en Venezuela, Gutiérrez
en (2015), realizó un estudio titulado “Desafíos de la justicia indígena en
Venezuela. Caso Sabino Romero”, con el objetivo de identificar los desafíos
para la justicia indígena en Venezuela, mediante un abordaje que analiza las
relaciones de poder en su estructuración étnica, como generadoras de un
contexto que permite anular en la práctica el reconocimiento por parte del
Estado de su carácter pluricultural. Para ello se analizarán las actuaciones de
la justicia indígena Yukpa y de la justicia estatal, en relación con la
resolución de un conflicto local, que fue conocido nacionalmente como el “caso
Sabino Romero” (2009- 2011), haciendo énfasis en la actuación de la justicia
venezolana, a fin de identificar los tipos de presiones que en relación con
dicho caso- se ejercieron sobre la justicia indígena.
En tal sentido, el artículo se dividirá en cuatro
partes: en la primera, se realiza una revisión teórica de la manera en que se
estructuraron las relaciones de poder entre el Estado y los pueblos indígenas
en Venezuela, identificando la estructuración asimétrica del poder y los
diferentes lugares de enunciación; en la segunda se realiza una breve reseña
del “caso Sabino Romero”; para luego en la tercera, realizar un análisis que permite
identificar seis diferentes presiones sobre la justicia Yukpa, comprendiendo
cómo operaron en el caso seleccionado; y por último, se plantean una serie de
reflexiones y propuestas -a favor de un nuevo modelo de pluralismo jurídico
profundo que expresan los desafíos que supone la construcción de relaciones
interculturales entre el Estado y los pueblos indígenas, que visibilicen la
existencia plena y autónoma de la justicia indígena en Venezuela.
El estudio de Gutiérrez (2015) proporciona un
análisis crítico y reflexivo sobre los desafíos de la justicia indígena en un
contexto específico, ofreciendo valiosas lecciones para el caso de Ecuador y la
región en su conjunto. Su enfoque en las relaciones de poder, las presiones
sobre la justicia indígena y la necesidad de un pluralismo jurídico profundo
enriquece el debate sobre la interculturalidad y aporta insumos para el
fortalecimiento de la justicia indígena en Ocpotes-Colta y otras comunidades
indígenas.
En este contexto de las comunidades indígenas de Ocpotes,
la justicia indígena se configura como un sistema alternativo de resolución de
conflictos profundamente arraigado en su cosmovisión y tradiciones ancestrales.
Se basa en normas y prácticas propias, que busca la armonía y el equilibrio
social como pilares fundamentales para la convivencia, esta práctica la
desarrolla las autoridades y líderes espirituales, quienes son las encargadas
de aplicar la justicia indígena en sus territorios. Los procedimientos varían
según cada comunidad, pero generalmente se basan en la oralidad, la
conciliación y el diálogo.
De igual forma, en la justicia indígena la
cosmovisión andina es un pilar fundamental donde los principios de armonía,
reciprocidad, responsabilidad y comunitarismo inspiran un sistema de justicia
que busca restaurar el equilibrio social y la paz en la vida comunitaria. En el contexto actual la
justicia indígena que se aplica en los pueblos indígenas varía según cada
pueblo o nacionalidad indígena. Sin embargo, hay algunos pasos comunes que
asemejan como: Diálogo, mediación, sanciones y los elementos restauración.
En la actualidad, en el
Ecuador el reconocimiento y la aplicación de la justicia indígena ofrecen una serie de
ventajas frente al sistema judicial estatal:
La
justicia indígena es parte del sistema de vida de los pueblos indígenas: no se
activa únicamente cuando existen conflictos, sino que busca mejorar las
condiciones de vida como parte de la gobernanza misma de los pueblos. Con el
objetivo de organizar y garantizar la vida de las futuras generaciones, a
través de la justicia indígena y por decisión colectiva, se ha resuelto
declarar ciertos espacios territoriales como patrimonios inalienables de los
pueblos y de protección hídrica. Por ser espacios donde nace el agua, se los ha
considerado libres de minería y otras actividades extractivas (Yumbay, 2022).
En los pueblos y
nacionalidades la práctica de la justicia indígena, se extiende más allá de la
resolución de conflictos o armonización comunitaria. Es un camino hacia el
reconocimiento cultural, la armonía social, el diálogo intercultural, el pluralismo
jurídico y el fortalecimiento de la gobernanza indígena comunitaria.
Esta investigación tiene entre sus
propósitos demostrar el contexto integral de la justicia indígena de las
comunidades de Ocpotes, su funcionamiento y los desafíos que enfrenta, con el
fin de aportar y fortalecer la aplicación de la justicia indígena. El presente estudio se
fundamenta en el marco teórico epistemológico y se basa en las siguientes
definiciones conceptuales: Justicia indígena, cosmovisión y normas originarias,
conflictos comunitarios, interculturalidad jurídica y derecho consuetudinario.
La justicia indígena representa un
medio vital para preservar la autonomía cultural y el empoderamiento de los
pueblos originarios en la administración de la justicia dentro de sus
territorios. Por lo tanto, es una expresión de la cosmovisión y las prácticas
ancestrales, que juega un papel fundamental en la resolución de conflictos y la
cohesión social dentro de las comunidades. Como señala Rodríguez (2003), este
sistema refleja la cosmovisión y la identidad de los pueblos originarios,
enfocándose en la restauración del equilibrio y la armonía dentro de la
comunidad. Además, la justicia indígena busca la participación activa de todos
los miembros de la comunidad en la resolución de disputas, promoviendo la
mediación y el consenso como pilares fundamentales de su funcionamiento Aranda
(2007).
En este sentido, la
Constitución de la República del Ecuador reconoce funciones jurisdiccionales a
las autoridades de las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades
indígenas. De este modo, les otorga competencia y jurisdicción para resolver
los conflictos internos en sus territorios (llaki-llakikuna) que afectan
principios esenciales como el ama llulla, ama killa, ama shwa (no mentir, no ser
flojo, no robar) o el ranti (la reciprocidad y la solidaridad) que provocan
desarmonía entre los seres humanos o con la naturaleza. Garantizando la
participación de las mujeres, se aplican las costumbres, las normas, los
principios, los procedimientos y las sanciones propias (Yumbay, 2022).
La misma autora también,
afirma que:
Uno de los límites
determinados por la Constitución, tanto para la justicia indígena como para la
ordinaria, es el estricto respeto a los derechos humanos reconocidos en los instrumentos
internacionales. De la misma forma, las decisiones adoptadas por las
autoridades de la jurisdicción indígena constituyen también cosa juzgada, por
lo cual deben ser respetadas por todas las instituciones y autoridades
públicas. Finalmente, el único órgano con capacidad de realizar el control
constitucional cuando las circunstancias así lo demanden es la Corte
Constitucional. (Yumbay, 2022).
De igual forma, no debe olvidarse
este respeto hacia los derechos humanos tiene que ver con la Cosmovisión
indígena, ya que para
los pueblos indígenas nuestras tierras, territorios y recursos, son elementos
fundamentales que permiten la continuidad histórica y la plenitud de la vida,
la espiritualidad y el desarrollo social, cultural, económico, político y
humano, vinculado a nuestra cosmovisión, la cual consiste en la relación
profunda con la Madre Tierra (Neba, 2020). Asimismo, en el documento “Vivir
bien, no lo mismo que vivir mejor”, en el apartado “vivir bien, es defensa de
la naturaleza y de la vida misma, dice textualmente:
El Vivir Bien es vivir en
igualdad y en justicia. Donde no haya ni explotados ni explotadores, donde no
haya ni excluidos ni quienes excluyan, donde no haya ni marginados ni
marginadores. El Vivir Bien es vivir en comunidad, en colectividad, en
reciprocidad, en solidaridad, y, especialmente, en complementariedad, documento
emanado por el Ministerio de Relaciones Exteriores (2007), “Diplomacia por la
vida”.
En consonancia con la cosmovisión y las normas
ancestrales, la justicia indígena se aplica en los conflictos comunitarios,
constituyendo un conjunto de prácticas derivadas de las costumbres de cada
pueblo indígena. A través de estas prácticas, las autoridades legítimamente
elegidas por sus miembros regulan diversos aspectos de la vida en comunidad,
incluyendo las actividades, las relaciones sociales y la resolución de
conflictos. (Flores, (s/f).
Ahora bien, la vida en comunidad, si
bien se asocia con ideales de cooperación, cohesión y armonía, no está exenta
de conflictos. A esta visión se pudieran sumar las constantes luchas de los
pueblos indígenas, se toma en cuenta lo que indica el libro “Los derechos de
los pueblos indígenas: esperanzas, logros y reclamos” en lo referente a las
políticas públicas de los Estados tienen también el objetivo de incrementar los
niveles de desarrollo económico, social y cultural de la población, que entre
los indígenas se encuentran generalmente por debajo de los promedios
nacionales, (Stavenhagen, 2006). Lo que demuestra la lucha constante de los
pueblos y nacionalidades indígenas para ser sujetos de derechos y lograr el
goce, ejercicio y disfrute de los mismos.
A partir de estas reflexiones, se
propusieron acciones para fortalecer la justicia indígena y contribuir al
desarrollo de un Estado plurinacional e intercultural.
El reconocimiento y la promoción de
la coexistencia y el diálogo entre diversos sistemas jurídicos, especialmente
entre el sistema jurídico estatal y los sistemas jurídicos consuetudinarios de
los pueblos indígenas, son fundamentales para avanzar hacia una
interculturalidad jurídica.
Según lo expuesto, es
necesario aclarar que la interculturalidad se refiere a, complejas relaciones,
negociaciones e intercambios culturales, y busca desarrollar una interacción
entre personas, conocimientos y prácticas culturalmente diferentes. Una
interacción que reconoce y que parte de las asimetrías sociales, económicas,
políticas y de poder, y de las condiciones institucionales que limitan la
posibilidad de que el «otro» pueda ser considerado como sujeto con identidad, diferencia
y capacidad de actuar (Alarcón, et al., 2020).
En este contexto, la
interculturalidad jurídica emerge como una herramienta indispensable para
abordar los desafíos que plantea la coexistencia de múltiples sistemas
jurídicos en un mismo territorio, particularmente en lo que respecta a la
relación entre el sistema jurídico estatal y los sistemas jurídicos
consuetudinarios de los pueblos indígenas.
De acuerdo a lo anterior, a pesar de
la existencia de investigaciones sobre la justicia indígena en Ecuador, aún es
necesario profundizar en sus particularidades, desafíos y estrategias para
fortalecer su reconocimiento y articulación con el derecho estatal. Los
estudios actuales no abarcan todas las necesidades en este campo, por lo que se
requiere un análisis más amplio y profundo que considere las diversas
expresiones de la justicia indígena en el país.
En definitiva, en un mundo cada vez
más interconectado y diverso, la necesidad de comprender y respetar los
diferentes sistemas jurídicos es más apremiante que nunca. Los sistemas de
justicia indígena, arraigados en las cosmovisiones, normas y prácticas únicas
de los pueblos originarios, ofrecen valiosos conocimientos sobre enfoques
alternativos para la resolución de conflictos y el orden social. Este artículo
con el objetivo de interpretar las normas originarias que sustentan la justicia
indígena en las comunidades de Ocpotes, Ecuador, profundiza en las
complejidades del pluralismo jurídico intercultural, examinando la importancia
de la justicia indígena en estas comunidades.
MÉTODO
El presente estudio se enmarca en un
enfoque cualitativo (Monje, 2011), utilizando el paradigma interpretativo y la
metodología hermenéutica y revisión documental, bibliográfica (Sime, et al.,
2021). Se busca interpretar las normas originarias que sustentan la justicia
indígena en las comunidades de Ocpotes, Ecuador, a través de la observación,
análisis e interpretación de mensajes y consejos de los "yachak"
(sabios) durante la aplicación de la justicia indígena.
Las técnicas para la recogida de
información fueron la observación participante ya que se realizó una
observación activa en el desarrollo de procesos de justicia indígena en la
comunidad, tomando notas de campo y realizando grabaciones de audio y video. De
igual forma, se llevaron a cabo entrevistas en profundidad, estas se realizaron
de manera individual a 9 "yachakuna"
(conocedores), hombres y mujeres con amplia experiencia en la administración de
justicia indígena. Las entrevistas se enfocaron en comprender las normas
originarias, los principios que las sustentan y su aplicación en casos
concretos.
Se aplicó también la revisión
bibliográfica y documental de literatura relevante sobre justicia indígena,
interculturalidad jurídica, cosmovisión andina y el contexto sociocultural de
Ocpotes. Se consultaron documentos oficiales, artículos académicos, estudios de
caso e informes de organizaciones indígenas.
Para esto se planificó un taller con
un grupo focal (Del Cid, et al., 2011) conformado por autoridades comunitarias,
líderes comunitarios y actores principales del sistema de justicia indígena. El
objetivo del taller fue discutir los hallazgos preliminares de la investigación
y obtener retroalimentación de los participantes.
Con el fin de procesar e interpretar
a fondo la información recopilada, se llevó a cabo un análisis crítico y
sistemático de los hallazgos. Se emplearon técnicas de análisis cualitativo,
como el análisis de contenido de libros, artículos académicos y experiencias
comparativas, para identificar patrones, temas recurrentes y significados
emergentes en la información. Este análisis exhaustivo permitió interpretar las
normas originarias que sustentan la justicia indígena en las comunidades de
Ocpotes, Ecuador, brindando una comprensión profunda de su marco legal y
cultural.
Para llevar a cabo la investigación
se atendieron las consideraciones éticas garantizando el consentimiento
informado de todos los participantes en la investigación. Se protegió la
confidencialidad de la información recolectada y se respetó la autonomía y
cosmovisión de los pueblos indígenas.
RESULTADOS
Conceptualización de
conflictos comunitarios
Las comunidades indígenas de Ecuador,
arraigadas en su cosmovisión ancestral, han desarrollado sistemas de justicia
indígena que se integran a su organización social y resolución de conflictos.
No obstante, como cualquier sociedad, enfrentan diversos conflictos que pueden
afectar su cohesión social y bienestar. En las comunidades de Ocpotes, estos
conflictos han sido sistematizados a través de un método didáctico elaborado
por autores comunitarios, facilitando su identificación y análisis:
Tabla 1. Conceptos de conflictos
Tipos de conflictos |
Conceptualización |
WAKLLIRISHKA
YUYAIPI |
Este concepto
abarca un estado de profunda angustia emocional y frustración experimentada
por un individuo como resultado de un conflicto dentro de su familia. Se
caracteriza por sentimientos de tristeza, aislamiento, impotencia y una
sensación de pérdida o disrupción en el bienestar personal. El conflicto puede
surgir de diversos problemas como el divorcio, el adulterio, el abandono u
otras disputas intrafamiliares. |
URMARISHKA LLAKIPI |
Se aplica en
situaciones donde un miembro de la comunidad ha incurrido en una
transgresión, como robo, homicidio, suicidio, accidentes graves, brujería o
actos que alteren gravemente el orden social. La responsabilidad recae sobre
el individuo que cometió la falta, y las medidas tomadas buscan restaurar la
armonía comunitaria, disuadir futuras transgresiones y promover la reflexión
y el aprendizaje. |
PANDARI |
Término utilizado
en nuestras comunidades, para describir alguna actuación incorrecta de una
persona, esto puede suceder por falta de conocimiento o intencionalmente
provocado por el agresor, la cual ocasiona daño moral, ético y psicológico.
Son personas que han cometido riñas y disturbios, ya por estado etílico o
sano |
PIÑANAKUY |
Son problemas de
diferente índole que ocurren con cierta frecuencia en las comunidades, esto
puede ser ocasionado por litigios entre personas que no están de acuerdo en
su forma de convivir o actuar. Además, se puede deducir como: conflictos
comunales y reparticiones de servicios comunitarios. |
Normas originarias
vigentes en la administración justicia indígena
La presente investigación hace una interpretación
de las principales normas originarias que aún mantienen y aplican las
comunidades indígenas, basadas en principios como la reciprocidad, la dualidad
y el equilibrio. Es importante resaltar, lo relevante de dar atención y cabida
a la particularidad étnica, no a repensar la totalidad. Como así lo vienen
señalando estudios sobre el tema por autores como Trujillo (2008). A
continuación, las normas consuetudinarias que regulan a las comunidades de
Ocpotes:
Tabla 2. Contrastación entre las Normas
consuetudinarias y el Marco legal
Norma Consuetudinaria |
Contrastación Norma consuetudinaria y Marco
legal |
Integralidad Tukuypi |
Cuando acontece una infracción o conflicto, al menos produce
tres efectos dentro del individuo infractor; trastorno familiar, natural
(fácilmente atrapa el mal aire) y divino. Es un principio que corresponde analizar
el conflicto, no se revisa solo los hechos, se hace un análisis holístico que
considera el contexto social, familiar y los antecedentes personales. Fue Ecuador el primer país en incluir
dentro de su marco jurídico máximo, la Constitución, que regula y reconoce
las disposiciones que facultan esta administración de justicia, al decir de
Ayala (2002), las infracciones y conflictos en las comunidades indígenas
tienen un impacto profundo que va más allá del ámbito legal. La justicia
indígena, al considerar el contexto social, familiar y espiritual, busca
soluciones justas y restauradoras que fortalezcan la armonía comunitaria. La
frase de Ayala (2002) resalta la importancia del enfoque holístico en la
justicia indígena, donde se busca comprender las raíces del conflicto y
encontrar soluciones que beneficien a todas las partes involucradas |
Comunitario y
Público Llacta rikukunpi |
La comunidad es
mediadora de los asuntos conflictivos, los casos son presentados y comentados
en la asamblea comunitaria. Es un
sistema colectivo en el que participan la familia ampliada, la comunidad y
las autoridades políticas; en base a este sistema se resuelve el conflicto. El
perdón y resarcimiento acontece en la asamblea pública, lo que le otorga más
valor y sostenibilidad. El conflicto
no es resuelto por la autoridad única, es conocida y sentenciada por la
comunidad y sus autoridades. Código de Procedimiento Civil Ecuatoriano
(2013), en su artículo 1, se determina: “La jurisdicción es el poder de
administrar la justicia; consiste en la potestad pública de juzgar y hacer
ejecutar lo juzgado en una materia determinada, potestad que corresponde a
los magistrados y jueces establecidos por las leyes” ... Esta norma jurídica
dispone que el poder de administrar justicia nace por dos vías: por la
jurisdicción legal y por convención y acuerdo. |
Equilibrio Alli kankapak |
La justicia indígena investiga el caso, analiza, corrige faltas,
remedia causas y ritualiza la reintegración social. Cuando un individuo corrompe la armonía social con
una acción improcedente, se produce el desequilibro, se pierde la armonía
entre el ser humano, la naturaleza, la divinidad; por lo tanto, el equilibrio
busca en lo posible lograr el restablecimiento de relaciones personales entre la víctima y el
infractor. La Constitución de la
República de 2008, esta le otorga al Derecho Indígena fuerza jurídica dentro
del Estado y a la vez le impone los límites que no debe sobrepasar (Wray,
1997). |
Oralidad y
Celeridad Rimaykuna - ukta |
El proceso de administración de justicia
indígena, se caracteriza por su naturaleza oral y no escrita, puede haber un
acuerdo escrito en un acto público entre los involucrados. El procedimiento
es ágil lo que diferencia significativamente de la justicia estatal; además
la justicia ordinaria tiene sus normas y procedimientos que duran en un
promedio de 6 meses a un año dependiendo del caso, en cambio en la justicia
indígena fomenta la reconciliación, remedia causas y efectos en un corto
tiempo. En contraste, se tiene que las normas que rigen el debido proceso en
la toma de decisiones de las autoridades indígenas, tienen su soporte legal a
partir de la Constitución de la República de 2008, esta le otorga al Derecho
Indígena fuerza jurídica dentro del Estado y a la vez le impone los límites que
no debe sobrepasar, unos límites también delineados por el contexto legal
internacional, especialmente el relativo a los derechos humanos y
concretamente por el Convenio 169 de la Organización Internacional del
Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes, de 1989,
ratificado el 15 de mayo de 1998 por Ecuador, al decir de autores como Wray
(1997). |
Reconciliación Allitukuna |
Según testimonio de Manuel Balla, es posible
este principio en la cotidianidad; él relata que hubo tres familiares suyos
que provocaron calumnias y riñas en contra de su integridad. Las personas
antes de morir pidieron compasión por los estigmas cometidos en las riñas
pasadas; la reconciliación y el perdón es posible en la justicia indígena, la
cual permite deshacerse de las culpas, para el restablecimiento de las
relaciones entre las partes. El propio texto legal de 2008, regula en el
artículo 191 que: “las autoridades de los pueblos indígenas ejercerán
funciones de justicia, aplicando normas y procedimientos propios para la
solución de conflictos internos de conformidad con sus costumbres o derecho
consuetudinario, siempre que no sean contrarios a la Constitución y las
leyes”, reconociendo así las prácticas repetidas en forma sistemática que a
fuerza de la repetición la colectividad (pueblos, nacionalidades y
comunidades indígenas) no solo las acepta como válidas sino que las considera
obligatorias por su necesaria garantía de orden social (Díaz y Antúnez,
2016). |
Restitución Allikina - kutikina |
Quien cometió la falta tiene que subsanar el
daño causado, por ejemplo; en el caso del robo de ganado, la devolución del
animal ultrajado, en otros casos trabajando en la minga, costeando los
gastos, en caso de imprudencia o muerte. La restitución o reparación es más
práctica con la víctima ya que ayuda socorrer la eventualidad que ocasiona el
cometimiento de una falta; y evita mantener a una
persona detenida que se constituye una carga para el Estado. |
Perdón-kispichina |
En la conciencia
comunitaria cuando un ser humano huye de su relación integral, corrompe la
afectividad armoniosa entre la naturaleza, la comunidad y la divinidad. Por
lo cual el infractor está obligado desde su conciencia a pedir compasión de
sus errores o culpas cometidas, de manera pública y consiente a su víctima;
pero esta clemencia consiste en poner en práctica hasta olvidar o cesar la
infracción. La Constitución de la República del Ecuador de 2008,
ésta establece disposiciones expresas sobre el principio del “debido proceso”
y la aplicación de la justicia indígena, la misma que estará a cargo de las
Autoridades que forman parte de las comunidades indígenas. |
Prácticas de normas
originarias en la resolución de conflictos
En la concepción de los pueblos indígenas si un individuo comete una infracción
o contravención, se somete a dos sentencias; sentencia natural y la sentencia
humana. La sentencia natural consiste que la misma naturaleza se encargaba de
hacer justicia con algún desastre natural en contra del infractor, mientras en
la sentencia humana se aplica la reintegración y la sanación.
Desde esta lógica se demuestra que la justicia
indígena comunitaria es un sistema de sanción que procura restablecer el
equilibrio. La sanación proporciona el saneamiento espiritual moral, ético y
físico; de igual forma, la víctima es resarcida por los daños ocasionados. Las
sanciones contienen símbolos que unen elementos mágicos y místicos, con la idea
de reintegrar al sujeto infractor de nuevo a su medio social.
En cuanto a los procedimientos, Díaz y Antúnez, (2016)
comentan que, se inicia con la denuncia, luego la investigación, la resolución,
el correctivo, y no concluye, sino holísticamente continúa con el seguimiento.
De allí, que el agua, la ortiga, el castigo, los
consejos, el arrepentimiento, el baño y las labores comunitarias; son elementos
purificadores y de saneamiento. La aplicación de la sanción por lo general en
las Comunidades Ocpotes tiene tres momentos:
Para ello, se inicia en el primer momento con el
anuncio de manera pública las medidas impuestas al infractor que constituye una
práctica tradicional con importantes implicaciones de manera inmediata, tales
como: labor comunitaria, sanción pecuniaria y otros (devolución o recompensa),
con el cual se cumple el principio de restitución. Según, Díaz y Antúnez,
(2016), esta se origina a partir del primer paso que deben dar los afectados:
poner en conocimiento de los dirigentes del cabildo de manera oral y clara todo
lo acontecido, trátese de peleas, chismes, robos, muerte, etc.
En el segundo momento se aplica el castigo,
considerado como un acto de arrepentimiento y restauración. Es preciso resaltar
que la imposición del castigo es la única que puede restaurar el equilibrio
roto; “al ser aplicado públicamente, cumple una labor ejemplarizante y
preventiva, que busca disuadir a los demás miembros de la comunidad.
En el tercer momento entra la purificación y la
reintegración; el baño con agua fría y la ortiga se utilizan como rituales de
purificación para los infractores. Estas prácticas, cargadas de simbolismo,
buscan limpiar al individuo de la transgresión cometida y reintegrarlo a la
comunidad. Por lo tanto, la reintegración un proceso de curación y
convalidación que dura de acuerdo al caso y a las circunstancias del infractor.
De lo anterior descrito, se demuestra que la justicia
indígena se adapta a los diferentes lugares y tiempos, de acuerdo con los modos
de vida y la realidad de cada pueblo o nacionalidad aborigen, a diferencia de
la norma jurídica; en la misma los autores aprecian cómo se reconoce y preserva
el idioma indio como cultura ancestral, reconocida en el texto constitucional
(Díaz y Antúnez, 2016).
Reintegración y ritualización en la justicia
indígena
La justicia indígena se caracteriza por ser un enfoque holístico que busca
la reintegración del infractor a la comunidad a través de la sanación
espiritual, ritualización, consejos de recuperación, pacto de reconciliación y
tratamiento de convalidación inmediata. Este enfoque comunitario busca no solo
reparar el daño causado por el delito, sino también restaurar el equilibrio
social y espiritual de la comunidad, a continuación, el proceso de
reintegración y ritualización en las comunidades indígenas de Ocpotes.
Sanación
espiritual: El inculpado o el infractor está enfermo de cuerpo, mente y alma; por lo
que se requiere una sanación integral y dar la oportunidad de vivir algo
diferente. La sanación espiritual es la primera etapa, donde se lee los
registros de la vida y se comunica con ella, para lograr sanar el pasado y
entender el presente para corregir. Luego
del proceso de juzgamiento se aplica el ritual de sanación y reintegración con
limpias energética para restablecer la armonía, con terapias de
liberación y recuperación psicológica.
Consejos
de Recuperación: Es una terapia de meditación
profunda por intermedio de los consejos de los mayores, la cual descongestiona
el estrés y libera las experiencias que limitan la vida, obteniendo cambios
emocionales, físicos y mentales de recuperación. A través de la meditación y
consejo, se pone atención en los reflejos, este método permite contactar y
liberar al cuerpo de esos dolores y estrés, que ayudan al equilibrio y la
recuperación personal.
Pacto
de reconciliación: La reconciliación no es solo
palabra, es convivir nuevamente, es ganar el respeto, es humillarse por sus
culpas, es un perdón prolongado; la justicia indígena hace convertir a ese ser
humano en un nuevo ser de respeto y cordura. La reconciliación es una
herramienta de contacto físico del ser humano, es un gran valor para mostrar y
recibir amor entre personas. A través del alma y las emociones, los individuos
pueden contactar con el corazón del ser amado, es el don del perdón y el
arrepentimiento, se lo practica de manera pública y visible.
Tratamiento
de convalidación: La convalidación es el conjunto de prácticas
preventivas terapéuticas y valorativas en las que confluyen, los conocimientos,
saberes y valores que reconocen la sociedad. Una persona
inculpada de contravención necesita alimentación convaleciente que tenga ingredientes
nutritivos para que genere apetito. La preparación de los platos con
ingredientes nutricionales selectos tanto de origen vegetal como animal, que a
más de vitaminizar aporta a la medicación del paciente infractor.
DISCUSIÓN
Las normas originarias como las que aplican en las
comunidades indígenas de Ocpotes Colta, ofrecen un sistema alternativo para la
resolución de conflictos comunitarios. Este sistema se basa en la reintegración
y la sanación, buscando un equilibrio social y espiritual. A continuación,
alguno de los elementos clave de la justicia indígena:
Dualidad de sentencias: Sentencia
natural (equilibrio natural) y sentencia humana (reintegración y sanación).
Enfoque restaurativo: Busca reparar el
daño causado y restaurar el equilibrio social.
Sanciones simbólicas: Unen elementos
mágicos y místicos para la reintegración del infractor.
Elementos purificadores: Agua,
ortiga, castigo, consejos, arrepentimiento, baño y labores comunitarias.
Momentos de la aplicación: Anuncio
público, castigo, purificación y reintegración.
Para las comunidades indígenas de Ocpotes, las normas originarias son un
patrimonio cultural invaluable que contribuyen a la construcción de sociedad
intercultural, justa y pacífica; las normas y los procedimientos que aplican
estas comunidades tienen un alto grado de eficacia y ciertos aspectos
positivos, como:
Enfoque holístico: Aborda las causas y
efectos del conflicto desde una perspectiva integral y no individualista.
Restitución y reparación: Busca reparar
el daño causado a la víctima y a la comunidad.
Reintegración social: Se enfoca en la
rehabilitación del infractor y su reinserción en la comunidad.
Prevención: El castigo público
tiene un efecto disuasorio para futuros conflictos.
Legitimidad cultural: Se basa en las
normas y valores propios de la comunidad.
Otro de los aspectos más destacados en la justicia
indígena de las comunidades de Ocpotes es la aplicación de las siete normas
originarias, a través de la armonización y la reintegración que son pilares
fundamentales que restablece la armonía perdida; en el derecho consuetudinario,
la asunción de responsabilidad por parte del infractor juega un papel
fundamental en el proceso de rehabilitación. Esta asunción implica el reconocimiento
de la falta, la petición de perdón, la admisión de la verdad y la restitución
del daño causado, por lo que queda rehabilitado bajo el procedimiento de
reintegración.
El castigo es inevitable dentro del proceso indígena, al haber admitido
infringir la justicia consuetudinaria; el mismo infractor y la familia
involucrada del conflicto admite que se haga el castigo, de no ejecutarse el
castigo se cae en la impunidad. También se identifica otra particularidad
dentro de la justicia indígena de Ocpotes, es la admisión al indulto; pero esta
petición lo hace la víctima, en piedad de perdón y compasión hacia el
infractor. A pocos minutos de ejecutar el castigo, la víctima pide a la
autoridad que le levante la condena, porque en su conciencia nace el perdón, por
lo que el indulto depende de la víctima, de los hechos, sobre todo de la
conciencia humana y colectiva al momento de extender.
Lo anterior se contrasta con lo expresado en texto legal de 2008, regula
en el artículo 191 que: “las autoridades de los pueblos indígenas ejercerán
funciones de justicia, aplicando normas y procedimientos propios para la
solución de conflictos internos de conformidad con sus costumbres o derecho
consuetudinario, siempre que no sean contrarios a la Constitución y las leyes”,
reconociendo así las prácticas repetidas en forma sistemática que a fuerza de
la repetición la colectividad (pueblos, nacionalidades y comunidades indígenas)
no solo las acepta como válidas sino que las considera obligatorias por su
necesaria garantía de orden social.
Finalmente, abordar el pluralismo jurídico y la
interculturalidad jurídica en Ecuador es un desafío que requiere un compromiso
con la justicia, la igualdad y la diversidad. Es importante recordar que no
se trata de una simple coexistencia de sistemas jurídicos, sino de un proceso
de interacción y diálogo intercultural que busca la construcción de un nuevo
sistema jurídico que integre las diferentes cosmovisiones y prácticas
existentes; por lo tanto, es necesario un esfuerzo conjunto del Estado, las
comunidades indígenas, la sociedad civil y la academia para construir una
sociedad intercultural inclusiva.
CONCLUSIONES
Tras una profunda investigación con el objetivo de
interpretar las normas originarias que sustentan la justicia indígena en las
comunidades de Ocpotes, se arriban a las siguientes conclusiones:
La justicia indígena en las comunidades de Ocpotes -
Colta se basa en normas originarias que reflejan las cosmovisiones, normas y
prácticas propias de los pueblos indígenas, promoviendo un sistema alternativo
de resolución de conflictos arraigado en la cultura y tradiciones comunitarias.
Igualmente, la reintegración y la armonización son
pilares fundamentales de la justicia indígena en Ocpotes, donde el proceso de
resolución de conflictos busca restablecer la armonía perdida a través de la
asunción de responsabilidad, el perdón, la restitución del daño y, en
ocasiones, el castigo como parte del proceso de rehabilitación.
En el mismo orden, la admisión al indulto en la
justicia indígena de Ocpotes destaca la importancia de la compasión y el perdón
en la resolución de conflictos, donde la víctima puede solicitar el
levantamiento de la condena como muestra de piedad hacia el infractor,
demostrando la relevancia de la conciencia humana y colectiva en este proceso.
Un punto concluyente es que, el pluralismo jurídico y
la interculturalidad en Ecuador representan un desafío que requiere un
compromiso con la justicia, la igualdad y la diversidad, destacando la
importancia de la construcción de un nuevo sistema jurídico que integre las
diferentes cosmovisiones y prácticas existentes, involucrando al Estado, las
comunidades indígenas, la sociedad civil y la academia en la construcción de
una sociedad intercultural inclusiva.
Finalmente se concluye que, la
justicia indígena en Ocpotes ofrece un modelo alternativo de resolución de
conflictos basado en la reintegración y la ritualización, que se basa en
una serie de principios y prácticas que promueven la armonía social y la
justicia intercultural.
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