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Volumen 7, No. 27, diciembre 2024

Número Extraordinario

ISSN: 2631-2735

Páginas 1324 - 1337

 

 

Viabilidad en la legalización de la eutanasia en el sistema jurídico ecuatoriano

Feasibility of legalizing euthanasia in the Ecuadorian legal system

Viabilidade da legalização da eutanásia no ordenamento jurídico equatoriano

 

Milena Angelina Arteaga Moran

e1314705771@live.uleam.edu.ec

https://orcid.org/0009-0006-6174-1074

 

 

Israel Antonio Cruz-Marte

israel.cruz@uleam.edu.ec

https://orcid.org/0000-0002-8399-7613

 

Universidad Laica Eloy Alfaro. Manta, Ecuador

 

Artículo recibido 2 de octubre 2024 | Aceptado 30 de octubre 2024 | Publicado 18 de diciembre 2024

 

 

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https://doi.org/10.33996/revistalex.v7i27.246

 

RESUMEN

La viabilidad en la legalización de la eutanasia como el procedimiento médico que consiste en poner fin a la vida de una persona que padece una condición de salud irreversible y que solicita de manera clara e inequívoca la aplicación de este procedimiento ha cobrado con relevancia en el sistema jurídico ecuatoriano. El presente artículo examina la viabilidad de legalizar la eutanasia en Ecuador desde una perspectiva constitucional, ética y social, analizando como su ausencia puede vulnerar derechos fundamentales en pacientes con enfermedades terminales. Se plantea que la eutanasia, entendida como el derecho a una muerte digna, responde a la necesidad humana para evitar sufrimiento prolongado cuando no existe cura ni mejora posible. La investigación sugiere que la falta de una legislación sobre el tema afecta la autonomía individual y la dignidad, valores reconocidos por instrumentos internacionales y la Constitución ecuatoriana. 

 

Palabras clave: Derecho; Eutanasia; Legalización; Muerte; Viabilidad

 

ABSTRACT

The feasibility of legalizing euthanasia as a medical procedure that consists of ending the life of a person who suffers from an irreversible health condition and who clearly and unequivocally requests the application of this procedure has become relevant in the Ecuadorian legal system. This article examines the feasibility of legalizing euthanasia in Ecuador from a constitutional, ethical and social perspective, analyzing how its absence can violate fundamental rights in patients with terminal illnesses. It is argued that euthanasia, understood as the right to a dignified death, responds to a human need to avoid prolonged suffering when there is no cure or possible improvement. The research suggests that the lack of legislation on the subject affects individual autonomy and dignity, values recognized by international instruments and the Ecuadorian Constitution.

 

Key words: Law; Euthanasia; Legalization; Death; Feasibility

 

RESUMO

A viabilidade de legalizar a eutanásia como o procedimento médico que consiste em pôr termo à vida de uma pessoa que sofre de um problema de saúde irreversível e que solicita de forma clara e inequívoca a aplicação deste procedimento ganhou relevância no sistema jurídico equatoriano. Este artigo examina a viabilidade da legalização da eutanásia no Equador numa perspetiva constitucional, ética e social, analisando como a sua ausência pode violar direitos fundamentais em doentes terminais. Propõe-se que a eutanásia, entendida como o direito a uma morte digna, responda a uma necessidade humana de evitar o sofrimento prolongado quando não existe cura ou possível melhoria. A investigação sugere que a falta de legislação sobre o tema afeta a autonomia e a dignidade individual, valores reconhecidos pelos instrumentos internacionais e pela Constituição equatoriana.

 

Palavras-chave: Direito; Eutanásia; Legalização; Morte; Viabilidade

 

INTRODUCCIÓN

Muchos acontecimientos ocurridos en el de cursar de los años han sentado precedentes históricos, concentrando su estudio en la regulación de la eutanasia, lo cual representa un hito jurídico al establecer un marco legal integral, sistemático, equilibrado y garante para el derecho fundamental a la eutanasia como muerte digna. La viabilidad de una ley especial que permita la legalización de la eutanasia depende de la capacidad para equilibrar su autodeterminación.

Para ello, sería necesario un proceso legislativo y constitucional cuidadoso que incluya reformas de ciertas leyes que involucran la salud y el derecho a la vida; en definitiva, la creación de un marco regulatorio claro que asegure que la eutanasia se practique bajo estrictas condiciones.

La aprobación de la eutanasia permitiría ofrecer a estas personas una salida digna y controlada a su sufrimiento irreversible. Al no aprobar la eutanasia en el caso de personas con enfermedades catastróficas, se podría estar vulnerando la autonomía personal, el acceso a una muerte digna, y la libertad de conciencia.

En un aporte de Martínez (2022), define la eutanasia como un procedimiento asistido con una finalidad médica, cuyo objetivo está encaminado a poner fin a la vida de la persona con plena autonomía y responsabilidad personal, una vez que esta padece de una enfermedad terminal o situación de salud irreversible, solicitando la aplicación de este procedimiento de forma clara e inequívoca.

En este contexto, según los criterios de (Taboada, 2000), en el derecho a la aplicación de este procedimiento médico, toda persona natural puede disponer de su propia vida a través de un suicidio médicamente asistido, respetando su individualidad o el derecho asistido a como pate de la autonomía que le asiste al paciente.

Ahora bien, en los hallazgos de las diversas investigaciones sobre esta problemática, los autores han coincidido que este ha sido un tema tratado desde la antigüedad clásica. Un capítulo histórico relevante es el que Sócrates protagoniza cuando emplaza al dios griego de la medicina “Asclepio” a dirimir sobre el fin de la vida de enfermos terminales, pues a su entender un individuo en tales condiciones “no era útil para él ni para el Estado (polis)”, entonces, recalcaba Sócrates “no es provechoso vivir así” (Valadés, 2011).

Al examinar la postura del Ecuador sobre la eutanasia activa, la Corte dispone a través del Ministerio de Salud Pública, un reglamento provisional para regular este procedimiento asistido, y que el Defensor del Pueblo prepare un proyecto de Ley sobre la eutanasia para discusión de la Asamblea Nacional.

Tomando como referente lo anterior, el estudio que nos asiste tiene como objetivo caracterizar la eutanasia en Ecuador como un procedimiento asistido con finalidad médica, incluyendo los aspectos legales, éticos y sociales. Se busca analizar los desafíos y oportunidades para su implementación.

 

MÉTODO

Como parte de la revisión de la literatura con un enfoque transversal y bajo una técnica de análisis cualitativa, se realiza una valoración de alcance descriptivo atendiendo a su nivel de profundidad. La investigación fue un diseño es de campo o no experimental de corte transversal, dado que no se manipuló ninguna variable, solo fueron observadas en su contexto natural y analizado posteriormente.

En la dinámica metodológica del trabajo se emplearon métodos teóricos (estudio y revisión sobre la aplicación de la eutanasia en Ecuador, como apoyo teórico); y de orden empírico, para la constatación en la realidad que se investiga (Porto y Ruiz, 2014).

Mediante el enfoque exploratorio y descriptivo como alcance investigativo se logró caracterizar la eutanasia en Ecuador como un procedimiento asistido con finalidad médica, con énfasis en aspectos legales, éticos y sociales. Mediante la prueba Chi-cuadrado se analizó y comprobó la relación entre las variables: viabilidad de la eutanasia y sistema jurídico ecuatoriano. Los datos fueron procesados mediante estadística descriptiva.

El análisis bibliográfico documental de carácter cualitativo y fenomenológico fue la justificación de la metodología utilizada, determinando las argumentaciones, destacando los diferentes contextos legales en los cuales se debe sustentar la eutanasia asistida en el Ecuador y en la seguridad del sistema jurídico, con especial énfasis en derecho a una muerte asistida y analizar los desafíos y oportunidades para su implementación.

Se aplicó el método hermenéutico para interpretar los textos y documentos recopilados, buscando comprender los significados implícitos y explícitos, así como las diferentes perspectivas sobre la eutanasia. Asimismo, se realizó una investigación de análisis jurídico para evaluar la normativa vigente en Ecuador sobre la eutanasia y muerte asistida, identificando vacíos legales, contradicciones y posibles áreas de mejora.

Finalmente, para recoger información se aplicó una encuesta a especialistas en el área de estudio, incluyendo especialista en cuidados paliativos, un abogado especialista en derecho sanitario. Las encuestas permitieron obtener información valiosa sobre las diferentes perspectivas sobre la eutanasia, los desafíos y oportunidades para su implementación en Ecuador, y las experiencias de los pacientes y sus familias.

 

RESULTADOS Y DISCUSIÓN

Los resultados para el enfoque cualitativo según Martínez, (2022) permite la obtención de información, datos en diferentes contextos investigativos y procesos de profundidad como una expresión de generar conocimiento relevante acerca del objeto que se estudió, desde donde fueron analizados e interpretados, obteniendo información cualitativa a partir de datos cuantitativos obtenidos.

 

Eutanasia. Etiología

La eutanasia proviene es un término que proviene de dos vocablos griegos: “Eu” - bueno y Thanos - muerte, siendo su principal etiología “el buen morir”. Para muchos autores este procedimiento médico constituye una vía de producirle la muerte a un paciente que padezca de una enfermedad incurable al verse agobiado por una agonía llena de dolor, solicita terminar con su vida, donde el médico le produce la muerte hacienda respetar su decisión y autonomía personal (Baum, 2017).

En tal sentido, es necesario delimitar conceptos o criterios que forman parte de la problemática de estudio, pero necesitan ser delimitados de forma conceptual, están las definiciones de: ortotanasia, adistanasia y distanasia, términos que no serán objeto de estudio en este trabajo.

En este orden de ideas, Esquivel, (2003) se refiere a la ortotanasia como la disponibilidad que tiene el enfermo de mantener una postura deseada para que la muerte pueda ocurrir en el tiempo planificado y plena coordinación paciente – personal competente para realizarlo, sin modificar la dinámica de tiempo establecida utilizando el método artificial para poder garantizar la forma paliativa como el objetivo de preservar la dignidad del paciente.

 

Contextualización. Apuntes del procedimiento en Ecuador

La eutanasia en el territorio ecuatoriano, siendo la preservación de la vida humana, el principal derecho en cuanto a la salud y bienestar ciudadano; no está legalizada, su forma de instrumentación como parte de considerar un deseo personalizado de cada enfermo, todavía está lejos de ser una acción de individualidad y respeto por parte del enfermo que la solicite y que dictamine un respeto a la autonomía de un paciente con alguna enfermedad terminal. 

En esta dirección se pronuncia la Fundación Ecuatoriana de Cuidados Paliativos (FECUPAL), siendo esta una organización a nivel nacional con plana participación en la gestión a ciudadanos paliativos; organización que fue creada en los años noventa con la finalidad de dar seguimiento y cuidado de estos pacientes y la sensibilización para poder atender de forma individualizada sus necesidades psicológicas, físicas y espirituales (Maldonado, 2018).

El enfoque interdisciplinario en su proceder permite la incorporación de manera asistida de psicólogos, personal voluntario, médicos, asistentes espirituales y enfermeras entre otros; los cuales brindan una atención a la diversidad de personas con enfermedades en etapas terminales.

Según la Licenciada Lucía Maldonado, directora ejecutiva de FECUPAL, los equipos interdisciplinarios (…) se encargan del cuidado tanto en el Hospicio San Camilo, como en visitas domiciliarias (…) cinco equipos que van a Quito (…) incluso a provincias (…) del paciente y acompañar a la familia. Para octubre del 2013 el 90% de las personas que atendieron padecían de cáncer (El Comercio, 2013). Mientras que, para noviembre de 2018, este índice se redujo tal como lo señala Maldonado, pues un “82% de pacientes son oncológicos.

Desde una visión contextual en el Ecuador se revela dificultades en el proceder jurídico de la eutanasia, demostrando un dogmatismo ante un tema de tata necesidad y actualidad (Santamaría, 2016)

Según los criterios de algunos especialistas ecuatorianos como: Cesar López Balseca y José García Falconí, el principal problema con la aplicación de este procedimiento médico como método que promueve la muerte a aquellas personas que la solicitan ya sea por el padecimiento de una enfermedad terminal o por autonomía en su decisión, como elemento o núcleo causal, está en el análisis para instrumentar este método, es por ello que se promueve la legalidad de carácter jurídico para reconocer las garantías legales en función de garantizar la aplicabilidad para el proceder a una muerte asistida o digna.

 

Violación a falta de legalización de la eutanasia

Todas las personas derivan de un valor esencial, un ser autónomo que es libre en su actuación, tiene un atributo único en el universo, porque tiene la capacidad de discernir y de analizar, tiene la retentiva de hacer introspección, descubrir su mundo interno, tiene la voluntad de ser consciente y decidir, seleccionar sus creencias, exteriorizar su forma de pensar, tomar sus decisiones de sí mismo, y demostrar su dignidad de persona.

Desde un enfoque constitucional, al referirse a vivir una vida digna como derecho innato, se reconoce la dignidad humana como fundamento de derechos, que una vida digna como elemento fundamental, es decir, se refiere no solo a la protección de la vida en términos biológicos, sino a garantizar que cada individuo viva en condiciones que respeten su integridad, libertad y autonomía personal. Esto implica que las condiciones de subsistencia deben permitir a las personas una vida digna, por tanto, no es simplemente una cuestión de supervivencia, sino de calidad de vida.

Asimismo, otro texto importante que conviene citar aquí es que, al no permitirse la eutanasia bajo ciertas circunstancias, como aquellas personas con enfermedades catastróficas, estas podrían verse obligadas a vivir en condiciones de extremo sufrimiento físico o psicológico, lo que podría considerarse una violación de su derecho a la dignidad. Más aún, si se da la posibilidad de forzar a alguien a continuar una vida marcada por un sufrimiento intolerable puede considerarse una falta de empatía a su dignidad como persona.

Partiendo de todo lo anterior, conviene señalar que las personas en Ecuador tienen un principio de autonomía propia, derecho fundamental que fue clave en su análisis constitucional, especialmente en cuanto a su salud y bienestar, sin la imposición de criterios externos, como los del Estado o de otras instituciones.

Por consiguiente, oponerse a la eutanasia se estaría negando a las personas con enfermedades terminales o catastróficas la capacidad de decidir cuándo poner fin a su vida de manera digna, lo que afecta su autonomía, vulnerando así uno de los derechos y principios fundamentales del ser humano. Cada Estado de derecho tiene la responsabilidad de hacer cumplir e implementar procedimientos jurídicos para que esa autonomía humana sea tutelada y no sufra menoscabo alguno, reconociendo el respeto a la individualidad y hacienda valer las políticas constituciones y los tratados internacionales sobre la muerte asistida.

Toda persona natural le asiste el derecho a morir en condiciones que respeten su dignidad humana, si bien no se menciona explícitamente en muchos marcos legales, respetando la dignidad humana, evitando el sufrimiento innecesario, la degradación física y mental, y las intervenciones médicas desproporcionadas que prolongan la vida sin mejorar su calidad. Este derecho se vincula a la calidad de vida y, en muchos casos, implica la posibilidad de rechazar tratamientos médicos que prolongan artificialmente el sufrimiento.

En este sentido se pronunció el escritor John Stuart Mill con el libro titulado "Sobre la libertad", quien sostiene que a todo individuo se le debe respetar las decisiones sobre su propia vida y muerte, siempre y cuando no dañen a otros (MILL, 1859).

En ese orden de ideas, Peter Singer, en su investigación "Practical Ethics", refiere a que la eutanasia es moralmente justificable en casos de sufrimiento extremo y sin esperanza de curación (Singer, 1979). En cambio, Daniel Callahan, en su escrito titulado "The Troubled Dream of Life", aboga por una regulación cuidadosa de la eutanasia para evitar abusos (Callahan, 1993)

Por otra parte, se reconoce que varios derechos que pueden interpretarse como parte del derecho a una muerte digna, entre ellos está el numeral 2 que se basa en el derecho a su dignidad. Esto se puede entenderse como el derecho a no vivir en condiciones inhumanas o degradantes, especialmente en el contexto de enfermedades terminales.

De ahí que resulta incomprensible cómo alguien podría con una enfermedad dolorosa e incurable, con dolores extremadamente graves e imposibles de describir aferrarse al sufrimiento; cómo describir el dolor que siente el cuerpo al morir lentamente, o bien negar una solicitud como la eutanasia, si esta resulta ser una petición meramente digna de ser puesta como prioridad, porque bajo los criterios de la vivencia que se siente estando en esos estados son de valor justo e incuestionable.

Igualmente, se añade el numeral 3, acerca del derecho a la integridad personal del mismo artículo citado otrora, que incluye la integridad física, psicológica y sexual. Ahora tomando en cuenta una presunta situación, si el sufrimiento prolongado por una enfermedad catastrófica puede afectar la integridad de una persona, tanto física como psicológica.

En relación con ello, se cree que una persona sin posibilidad de vida ya ha dejado de vivir dignamente, porque su bien físico que es el cuerpo humano evitar consentirlo, por lo que somos del criterio que toda persona que se oponga y lesione este derecho fundamental debería ser analizado y en su caso determinarse posibles sanciones.

Por su parte, el numeral 8 del mismo artículo señalado, aborda la manera consciente y libre de todo ser humano a tomar sus propias decisiones, y determinar de manera consciente y libre, la aplicación de la eutanasia debería ser una opción legal para ese supuesto.

En concordancia con el refrendando artículo 8, el artículo 32 del mismo cuerpo legal garantiza el derecho no solo el acceso a tratamientos médicos, sino también el derecho a recibir un cuidado adecuado que respete la autonomía de cada persona. De modo que el sistema de salud puede estar fallando en proporcionar una solución adecuada al sufrimiento insoportable e incurable de algunos pacientes. Si bien los cuidados paliativos son una opción, casi siempre evitan conseguirlo. 

Por consiguiente, forzar a una persona a vivir en condiciones de sufrimiento físico extremo o angustia emocional puede interpretarse como un trato inhumano, sobre todo si el propio paciente otorga el consentimiento a la aplicación de la eutanasia. En suma, evitar que respete sus deseos en cuanto al final de su vida podría considerarse una violación a su derecho a recibir una atención que respete su integridad física y mental.

Además, si tomamos en cuenta que, al negar la eutanasia, se podría estar discriminando a las personas con enfermedades terminales o catastróficas, porque sencillamente estas personas carecen de opción a decidir sobre el final de su vida, en comparación con aquellas personas que llevan una vida sin ninguna enfermedad o condición física deplorable. Esta discriminación podría manifestarse en la desigualdad de acceso a una muerte digna.

En definitiva, debe ser una obligación del Estado que la eutanasia debe ser un instrumento jurídico aceptado para poner fin al sufrimiento en determinados supuestos; lo que debe ser fundamentado jurídicamente por los órganos judiciales competentes de cada territorio.

 

La eutanasia y los puntos de contacto con la Iglesia Católica

La religión católica ha estado profundamente arraigada en la cultura y sociedad ecuatoriana desde la colonización española. A través de los siglos, sus enseñanzas sobre la moral, la ética y el valor de la vida humana han moldeado las creencias y principios de muchas personas en el país. Por esta condición, el Ecuador constituye un Estado laico, bajo este argumento cualquier Estado laico reconoce la autonomía y el respeto a la individualidad en la toma de conciencia a todas aquellas personas sin importar su creencia o manera de pensar.

La religión tiene una influencia significativa en los debates sobre la legalización sus enseñanzas. Por consiguiente, impedir la eutanasia basada en criterios religiosos o morales puede ir en contra de la libertad de conciencia de aquellas personas que no comparten esas creencias, debido precisamente, porque un sector de la población defiende la aplicación de la eutanasia por entre otras cosas carecer de vínculos con religión alguna, así que negar esta opción podría considerarse una imposición de un conjunto de valores sobre aquellos que piensan diferente.

Como resultado de esta creencia que ha formado parte del ser humano por miles de años, muchos legisladores, políticos y líderes comparten opiniones desde sus principios morales y éticos que la Iglesia Católica o la religión inculca. Esto significa que los argumentos religiosos y filosóficos de la Iglesia pueden influir significativamente sobre temas delicados como la eutanasia.

Asimismo, en la participación en debates públicos, la iglesia es una institución respetada, y sus representantes suelen tener voz en debates públicos importantes, participan activamente en discusiones sobre temas éticos, incluyendo la eutanasia, donde expresan su oposición con base a su doctrina formada por estas creencias, que sostiene una postura firme en contra de la eutanasia.

Así, la eutanasia desde esta perspectiva es vista como un acto de matar intencionalmente a una persona, lo cual contraviene el mandamiento “no matarás” y va en contra del plan divino. Y el sufrimiento humano tiene un sentido religioso. La Iglesia enseña que el sufrimiento, aunque doloroso sea el proceso, puede tener un valor redentor y espiritual. En lugar de recurrir a la eutanasia, se alienta a los fieles a enfrentar el sufrimiento con fortaleza, apoyados por los cuidados paliativos y el acompañamiento espiritual.

La religión tiene una red extensa como escuelas, lugares físicos donde se realizan eventos masivos e imparten su palabra y doctrina, cuenta con medios de comunicación, estaciones de radio y canales de televisión, de modo que un amplio sector de la población se nutre de información a través de estos canales, promoviendo valores morales que se alinean con su postura anti-eutanasia.

Esto por lo tanto genera una resistencia cultural entre los ciudadanos que siguen las enseñanzas católicas, quienes a menudo se oponen a la legalización de la eutanasia. De acuerdo con esto se organizan marchas, manifestaciones y campañas de concienciación en defensa de la vida.

Estos movimientos pueden generar presión sobre los políticos para que eviten impulsar leyes que legalicen la eutanasia. A ello se suma que muchos legisladores y líderes políticos alrededor del mundo se identifican como católicos o provienen de familias con una fuerte tradición religiosa.

En suma, se crea dicha presión moral también sobre los políticos, recordándoles que la eutanasia va en contra de los valores de la fe católica. Esto se ve reforzado por el hecho de que la Iglesia a menudo está en contacto directo con los líderes políticos a través de reuniones, discursos o actos públicos.

Otro punto importante es la ética médica, influenciada por la religión en varios países del mundo. Muchos profesionales de la salud están formados en instituciones religiosas o siguen principios morales católicos, lo que puede influir en su postura respecto a la eutanasia, como por ejemplo la objeción de conciencia, la Iglesia promueve la idea de que los médicos y personal de salud tienen el derecho a negarse a participar en procedimientos que consideren inmorales, por motivos de conciencia, este tipo de objeción es un mecanismo que podría obstaculizar la aplicación de la eutanasia, incluso si fuera legalizada.

 

Discusión

El análisis crítico de la problemática destaca que esta muerte asistida como procedimiento médico para aplicar a toda persona natural en función de disponer de su propia vida a través de un suicidio médicamente asistido, y con la con plena responsabilidad de su vida y la muerte, ha sido trabajado desde dos tipos de concepciones, la ciencia, por una parte; y los religiosos por la otra.

Estos primeros basan sus postulados sobre este procedimiento medico a través de la aplicación de métodos científicos; y los segundos, en la forma de pensar bajo los mandamientos de la religión que profesa. En este dilema conceptual, existen diversidad de criterios o criterioso encontrados en la aplicación de este procedimiento autónomo.

Cualquiera que fuese el criterio fundamentado por alguna persona o creencia en tal sentido, “todo ser humano debe tener conciencia de todo aquello que está a su alrededor, observar y analizar los fundamentos desde el punto de vista personal de porqué tomar una decisión de esta naturaleza, cuyo objetivo final no es otro que aliviar su dolor (Creagh, 2012).

Además, autores como (Gómez-Sánchez, 2002); González- Rodríguez, 2013); (Formiga et al. 2009); Muñoz-Collazos, 2010). (Chávez y Castillo, 2013) y (Varela-Jiménez, 2015) han abordado en sus estudios las diferentes enfermedades terminales, catastróficas, huérfanas, físicas y psíquicas causantes de la aplicación de la eutanasia como muerte asistida.

En esta misma línea de discusión, (Gómez-Sánchez, 2002) aborda el cáncer como una enfermedad terminal caracterizada por la formación de tejidos que se van generando y que si no se atienden por estudios médicos pueden provocar una metástasis en todo el cuerpo y promover el dolor u otra enfermedad dolorosa.

Otra enfermedad terminal la constituye el VIH-SIDA o Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida; en este caso el sistema inmunológico del enfermo. Se ha demostrado en estudios realizados que esta es una enfermedad de grado terminal que tiene elevados porcientos de aceptación para la aplicación de la eutanasia como un procedimiento médico.

Entre una de las manifestaciones clínicas que más se tipifican en esta enfermedad se encuentra el síndrome de desgaste que provoca fiebres elevadas, hepato-esplenomegalia, diarreas. (Chávez y Castillo, 2013).

Varela-Jiménez, (2015) se refiere en sus estudios a enfermedades que representan un alto riesgo para el enfermo (Enfermedad Catastrófica o Grave). Esta enfermedad terminal también tiene un gran nivel de aceptación para ser aplicada a sus enfermos la eutanasia asistida.

Según el autor Varela-Jiménez, (2015), la Encefalopatía hepática grado III – IV con síndrome hepatorrenal, es una enfermedad de grado terminal con mayores números de complicaciones en pacientes que padecen de hepatopatía grave, caracterizada por una lesión perenal.

En la envejecida, es típico encontrar múltiples alteraciones en sus funciones vitales, una de ellas es la Insuficiencia Renal Crónica, según (Gómez-Sánchez, 2002), esta enfermedad terminal se caracteriza por alteraciones sistemáticas en la función renal de carácter permanente e irreversible, causada en gran medida por una filtración glomerular, Desde el punto de vista fisiológico, el órgano del riñón va cediendo su capacidad de eliminación de las sustancias tóxicas o de desecho por la gran acumulación de úrea y la creatinina provocando la llamada irritabilidad en los riñones del enfermo, por lo que se hace necesario aplicar el proceso profiláctico de la diálisis en el paciente.

En cuanto a la enfermedad terminal de Demencia muy avanzada (Formiga et al. 2009) plantea que es una patología psíquica la cual se manifiesta en alteraciones a nivel de la actividad cognitiva y el comportamiento humano; es asociada a conductas que afectan el desarrollo físico y mental, y, en consecuencia, el entorno social, familiar y laboral, la cual se puede desarrollar de múltiples formas, siendo el Alzheimer la que presenta mayor prevalencia en la población entre los 65-70 años. Esta patología ocasiona gran dependencia de las personas que las padecen y puede inclusive provocar alteraciones en las comorbilidades presentes.

En las Enfermedades cerebro vasculares según (Muñoz-Collazos, 2010), existe un deterioro del tejido cerebral, afectando de diferentes maneras las funciones motoras, sensitivas del cuerpo. Este tipo de enfermedades del cerebro vascular, afecta directamente al sistema nervioso, ya sea por baja irrigación o por déficit de riego de nutrientes, presentándose afecciones isquémicas y hemorrágicas, por lo cual sus síntomas pueden ir desde una leve alteración del movimiento, hasta parálisis completas como paraplejías, cuadriplejías.

El matiz funcional y comportamental de estas enfermedades terminales y catastróficas, produce en el paciente o enfermo, la presencia de dolores intensos y prolongados, lo que afecta de forma complementaria el Sistema Nervioso Central (SNC) y los niveles de excitación e inhibición descompensando al paciente.

La discusión nos convoca a reflexionar sobre la muerte digna, un tema complejo y sensible que involucra profundas dimensiones éticas, jurídicas y sociales. El estrecho vínculo entre la eutanasia y las enfermedades terminales, y conceptos como vida plena, tal como lo asegura (López, 2016), la autonomía, la libertad y el consentimiento informado, tal como lo destaca el autor, nos permite comprender la importancia de abordarlo desde una perspectiva integral. La muerte digna incita a repensar en la autonomía y el respeto a la individualidad humana en la toma de decisiones sobre el final de la misma. La búsqueda de una “vida plena” debe estar acompañada de la garantía de un marco legal y social.

 

CONCLUSIONES

El presente estudio abordó la eutanasia en Ecuador como un procedimiento asistido con finalidad médica, incluyendo los aspectos legales, éticos y sociales en el marco jurídico, revelando que este modo de proceder médico está alejado de los problemas jurídicos, constituye un procedimiento médico que posibilita mantenernos en la línea para reconocer a la muerte digna.

La literatura científica dentro del contexto del Ecuador, destaca la información relevante sobre la eutanasia como proceso asistido es escasa, ya que ni la legislación ni la jurisprudencia abordan el tema de la muerte digna. A pesar de esta realidad jurisdiccional, organizaciones como FECUPAL y SOLCA recopilan datos sobre la situación de los pacientes terminales a nivel nacional. Hasta la fecha, la única opción para los enfermos terminales en Ecuador ha sido la atención en cuidados paliativos.

 

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