El Ámbito Competencial de la Jurisdicción Indígena Originaria Campesina en materia penal
The Scope of Jurisdiction of the Original Indigenous Peasant Jurisdiction in Criminal MattersContenido principal del artículo
El presente artículo expone la contradicción existente entre los derechos indígenas originarios campesinos, el carácter plurinacional del Estado Boliviano y lo dispuesto en la Ley de Deslinde Jurisdiccional en lo pertinente a las disposiciones que restringen las competencias de la justicia indígena en lo relativo al ámbito penal, de forma que, sobre la base del antedicho análisis se propone una compatibilización normativa a nivel legal. Se realizó una investigación documental, en donde fueron analizadas las normas establecidas en la Ley de Deslinde Jurisdiccional en la esfera competencial material en el ámbito penal, partiendo de la concepción del Estado Plurinacional y el pluralismo jurídico. Por lo que se comprendió que, por regla general, los delitos señalados en el art. 10.II inc. a) de la Ley de Deslinde Jurisdiccional, los cuales son apuntados como ilícitos que no puede conocer la jurisdicción indígena originaria campesina, guardan su razón de ubicarse en esa disposición en mérito a una imperiosa necesidad pública.
The present article exposes the existing contradiction between the indigenous native peasant rights, the plurinational character of the Bolivian State and the provisions of the Law of Jurisdictional Demarcation regarding the provisions that restrict the competences of the indigenous justice in the criminal field, so that, based on the above mentioned analysis, a normative compatibilization at a legal level is proposed. A documentary research was carried out, where the norms established in the Law of Jurisdictional Demarcation in the material competence sphere in the criminal area were analyzed, starting from the conception of the Plurinational State and the legal pluralism. Therefore, it was understood that, as a general rule, the crimes indicated in art. 10.II inc. a) of the Law of Jurisdictional Demarcation, which are pointed out as crimes that cannot be heard by the indigenous native peasant jurisdiction, keep their reason to be located in that provision in merit of an imperious public necessity
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